Calculadora de IRPF para autónomos 2026
Calcula cuánto pagarás de IRPF con los tramos progresivos vigentes en 2026. Incluye mínimo personal, descendientes y reducción por inicio de actividad.
Aplica el 20% de reducción sobre el rendimiento neto (primeros dos ejercicios con beneficios).
Tramos IRPF 2026 (referencia)
Cuota IRPF anual
5500,50 €
Cuota mensual estimada: 458,38 €
Tipo efectivo
18,34 %
Porcentaje real sobre el rendimiento neto
Mínimo personal y familiar
5550,00 €
Renta que no tributa por mínimos
Base imponible (tras mínimos)
24.450,00 €
Base sobre la que se aplican los tramos
Desglose por tramos
Base en tramo: 12.450,00 €
Base en tramo: 7750,00 €
Base en tramo: 4250,00 €
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Prueba gratisIRPF para autónomos: todo lo que necesitas saber
El IRPF es uno de los principales impuestos que afectan a los trabajadores autónomos en España. A diferencia de los empleados por cuenta ajena, cuya empresa retiene mensualmente el importe correspondiente, los autónomos deben gestionar ellos mismos sus obligaciones fiscales: pagos fraccionados trimestrales mediante el modelo 130 y la declaración de la renta anual. La base imponible es el rendimiento neto de la actividad: ingresos totales menos los gastos deducibles y la cuota de la Seguridad Social. A esta base se le aplican los tramos progresivos del impuesto, pero primero se descuentan los mínimos personales y familiares, que representan la renta necesaria para cubrir las necesidades básicas y que, por tanto, no tributa.
Los tramos del IRPF en 2026 van desde el 19% para los primeros 12.450 € hasta el 47% para rentas superiores a 300.000 €. Este sistema progresivo garantiza que cada euro adicional de renta tribute al tipo del tramo que le corresponde, nunca al tipo más alto sobre toda la base. Por eso la calculadora muestra el desglose tramo a tramo: es la única forma de entender con precisión cuánto corresponde pagar en cada nivel de renta. El tipo efectivo, que es el porcentaje real pagado sobre el total de ingresos, siempre será inferior al tipo marginal del último tramo alcanzado.
Los autónomos que inician su actividad cuentan con una ventaja fiscal importante: la reducción por inicio de actividad del 20% durante los dos primeros ejercicios con rendimiento neto positivo. Activando el interruptor en la calculadora puedes comparar cuánto ahorras gracias a esta reducción. Además, tener hijos a cargo aumenta el mínimo familiar y reduce la base gravable, lo que se traduce en una menor cuota. Para calcular con precisión tu situación total como autónomo, incluyendo cuota de la Seguridad Social, IVA e IRPF, puedes usar la calculadora de sueldo neto para autónomos.
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Preguntas frecuentes
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto que grava los ingresos obtenidos por personas físicas en España. Los autónomos tributan por su rendimiento neto de actividades económicas, es decir, la diferencia entre sus ingresos y los gastos deducibles de su actividad. A diferencia de los asalariados, donde la empresa retiene el impuesto mensualmente, los autónomos realizan pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) y la declaración anual en mayo-junio.
El IRPF es un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor porcentaje pagas, pero solo sobre la parte que supera cada umbral. En 2026 hay seis tramos: 19% hasta 12.450 €, 24% de 12.450 € a 20.200 €, 30% de 20.200 € a 35.200 €, 37% de 35.200 € a 60.000 €, 45% de 60.000 € a 300.000 € y 47% por encima de 300.000 €. Esto significa que si ganas 30.000 €, no pagas el 30% sobre todo, sino el 19% sobre los primeros 12.450 €, el 24% sobre el tramo siguiente, y el 30% solo sobre lo que supera 20.200 €.
El mínimo personal es una cantidad de renta que la ley considera necesaria para cubrir las necesidades básicas del contribuyente y que, por tanto, no tributa. En 2026 el mínimo personal general es de 5.550 €. Además, por cada hijo menor de 25 años que conviva con el contribuyente se añaden mínimos por descendientes: 2.400 € por el primero, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por el cuarto y siguientes. El total de mínimos se resta de la base imponible antes de aplicar los tramos.
Los autónomos que inician una actividad económica por primera vez tienen derecho a una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo en el primer período impositivo con rendimientos positivos y en el siguiente. Esto significa que solo tributarán por el 80% de sus beneficios durante esos dos primeros ejercicios, lo que supone un ahorro fiscal significativo en la fase de arranque del negocio. Esta reducción se aplica en el IRPF, no en la cuota de la Seguridad Social.
Los autónomos realizan pagos fraccionados trimestrales a cuenta del IRPF mediante el modelo 130, presentado en abril, julio, octubre y enero de cada año. El pago trimestral es generalmente el 20% del rendimiento neto del trimestre, descontando los pagos anteriores. Adicionalmente, en la declaración de la renta anual (modelo 100), presentada entre abril y junio, se regulariza la situación: si se pagó de más, Hacienda devuelve la diferencia; si se pagó de menos, hay que abonar el resto.
Los autónomos pueden deducir de sus ingresos todos los gastos necesarios para el desarrollo de su actividad económica: cuotas de la Seguridad Social, alquiler del local u oficina, suministros afectos a la actividad (electricidad, internet, teléfono), material de oficina, equipos informáticos, software, seguros de responsabilidad civil, gastos de formación relacionados con la actividad, dietas y desplazamientos con límites establecidos, y honorarios de asesores, gestores y abogados. Los gastos deben estar justificados con facturas y tener relación directa con la actividad profesional.